El defensor PDF Imprimir

Recurro al Defensor del Pueblo de Cataluña, el Síndic de Greuges. Enseguida me advierte de su función, no es juez y por tanto no entrará en el fondo del asunto. Vela por el correcto funcionamiento de la administración en su relación con los administrados. Así lo entiendo. Recaba enseguida información a la otra parte, la administración, antes de pronunciarse. La administración tarda meses en responder y el Síndic elabora un informe en el que vuelve a pedir más información. Así hasta tres veces. Elabora dos informes en los que reiteradamente se indican cosas como: (trascripción literal)

 

- falta de seguimiento para detectar a tiempo y dar respuestas adecuadas a la situación familiar, en beneficio de la nena.

- no se han visto respetados los derechos de la nena

- falta de seguimiento riguroso de la situación del acogimiento

- déficit en el cumplimiento de las funciones de supervisión

- se encuentran a faltar exploraciones de la nena para conocer su estado emocional

- se encuentran a faltar coordinaciones con la escuela

- se encuentran a faltar coordinaciones con los pediatras

- se refleja la necesidad de que el ICAA revise en profundidad los procedimientos e instrucciones a las ICIFs

- la nena es la principal perjudicada, la cual ha tenido que cortar de un día para otro sus coordenadas referentes de vida (adultos cuidadores y amigos, espacio geográfico, recuerdos, vivencias vividas, expectativas de futuro, etc.)

 

 


Insisto, las citas son literales. Seguramente ante una crítica del tal calibre por parte de un organismo con la autoridad del Defensor del Pueblo, en cualquiera de nuestros trabajos rodarían cabezas. Para la administración no deja de ser un sarpullido. Un incordio más. Por mucho que moleste no pasa nada. La máquina está preparada para aguantar todavía mucho más. La función de denuncia del Síndic, en este caso y en muchos otros hacia la misma administración, la Dirección General de Atención a la Infancia (DGAIA), no va más allá.

 


También me dirigí al Defensor del Pueblo del Estado, en Madrid, al entender, leyendo sus competencias, que tenía algo que decir en este caso. Al cabo de un mes de enviar la solicitud me contesta diciendo que la admite a trámite. Otro mes más tarde me contesta que el estatuto de Cataluña recientemente aprobado le quita las competencias, y mientras no se resuelva el recurso de inconstitucionalidad que él mismo ha presentado no puede hacer nada. ¿Y la nena? Eso no entra en el debate político.

 

Comentarios  

 
#1 16-04-2011 05:40
pues aqui mean recibido siempre que he ido pero si hay que ir se va,pero ir pa na es tonteria.
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